La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 531/2024, determinó que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) es la autoridad competente para investigar y sancionar prácticas monopólicas absolutas en el mercado de intermediación de valores de deuda emitidos por el gobierno mexicano, aun cuando la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) también tenga facultades regulatorias en el sector financiero, al tutelar bienes jurídicos distintos y sancionar hechos específicos.
El presente caso resuelve el amparo en revisión interpuesto por Bank of America México contra la sentencia que negó la protección constitucional solicitada. La quejosa impugnó la resolución de la COFECE que la declaró responsable de prácticas monopólicas absolutas y le impuso una multa. Los argumentos principales de la quejosa se centraron en la supuesta incompetencia de la COFECE para sancionar conductas en el mercado de valores, la extemporaneidad del procedimiento de investigación y la violación al principio non bis in ídem por doble sanción. La Segunda Sala de la SCJN analizó estos argumentos y determinó que la COFECE sí es competente, que el procedimiento de investigación se inició en tiempo conforme a la normativa aplicable, y que no se actualiza el principio non bis in ídem al tratarse de bienes jurídicos y hechos distintos sancionados por la COFECE y la CNBV.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.