El ofrecimiento de trabajo, su aceptación y la reanudación de labores por el trabajador, implican la celebración de un convenio que extingue la acción de pago de indemnización por despido injustificado, quedando pendiente únicamente el pago de salarios caídos hasta la fecha de la reinstalación.
En casos de despido injustificado, si el trabajador reclama la indemnización y salarios caídos, pero acepta la proposición del patrón de reinstalarlo, la acción de indemnización se extingue. Esto se debe a que el ofrecimiento, aceptación y reanudación de labores constituyen un convenio donde el trabajador opta por la reinstalación. Por lo tanto, solo queda por resolver el pago de salarios caídos hasta el momento de la reinstalación.
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