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285/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no admitirá un recurso de revisión si en la demanda de amparo no se planteó una cuestión de constitucionalidad sobre los preceptos legales impugnados, sino de mera legalidad.

Expediente
285/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
27 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no admitirá un recurso de revisión si en la demanda de amparo no se planteó una cuestión de constitucionalidad sobre los preceptos legales impugnados, sino de mera legalidad.

Resumen

El recurso de revisión interpuesto por el quejoso no fue admitido debido a que en su demanda de amparo no se abordaron cuestiones de constitucionalidad respecto a los artículos 63, 65, 66 y 68 de la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, sino que se limitó a argumentar una indebida aplicación de los mismos, lo cual es materia de legalidad. Adicionalmente, se señaló que la argumentación sobre los artículos 63 y 65 era novedosa en la etapa de revisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.