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SJF · Tesis

Las resoluciones definitivas dictadas por la Dirección General de Aduanas, ya sea por sí o en revisión de resoluciones del inferior, deben ser impugnadas ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 1951
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Las resoluciones definitivas dictadas por la Dirección General de Aduanas, ya sea por sí o en revisión de resoluciones del inferior, deben ser impugnadas ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

Resumen

La Dirección General de Aduanas emitió una resolución prohibiendo la importación de piezas para receptores de radio sin el pago de impuestos, a pesar de que existía una exención reconocida. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público argumentó que la resolución era definitiva y debía ser combatida ante el Tribunal Fiscal de la Federación, conforme al artículo 435 de la ley y la fracción III del artículo 160 del Código Fiscal. El tribunal determinó que, al ser una resolución definitiva de la Dirección General de Aduanas, la vía correcta para impugnarla era el Tribunal Fiscal de la Federación, haciendo inoperante la causal de improcedencia invocada por las demandadas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.