La inconstitucionalidad de un precepto legal que sustenta una multa impuesta al quejoso no debe ser analizada cuando las violaciones de legalidad cometidas en el procedimiento administrativo que culminó con dicha multa, al ser declaradas fundadas, anulan el acto de aplicación de la norma, lo cual deja sin materia el estudio de constitucionalidad.
Cuando en un juicio de amparo se combaten tanto la inconstitucionalidad de un precepto legal que sirve de sustento a una multa, como las violaciones de legalidad cometidas en el procedimiento administrativo que la originó, y se determina que las violaciones de legalidad son fundadas, se debe conceder el amparo. Esta concesión anula el acto de aplicación de la norma, lo que a su vez deja sin materia el estudio de la constitucionalidad del precepto, pues ya no existe un acto concreto que aplicar.
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