La nulidad de una resolución de fiscalización procede cuando la autoridad fiscal rechaza indebidamente deducciones y acreditamientos del IVA, al no valorar adecuadamente las pruebas que demuestran la naturaleza de las erogaciones como gastos estrictamente indispensables para la actividad empresarial, o al considerar como ingreso un pago indebido que fue devuelto.
La Segunda Sala Regional en el Estado de México I declaró la nulidad de una resolución de fiscalización y del recurso de revocación que la confirmó. La Sala determinó que la autoridad fiscal rechazó indebidamente un monto de $46,043.00 como ingreso acumulable y valor de actos gravados, cuando en realidad correspondía a la devolución de un pago indebido. Asimismo, consideró improcedente el rechazo de deducciones por $2,100,000.00 y el acreditamiento de IVA por $336,000.00, al estimar que las erogaciones estaban debidamente soportadas y eran estrictamente indispensables para la actividad de la empresa. Sin embargo, confirmó el rechazo de un acreditamiento de IVA por $13,573.13 al no estar debidamente registrado ni soportado documentalmente.
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