La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de las contradicciones de tesis suscitadas entre Tribunales Colegiados de Circuito, siempre que los criterios discrepantes provengan de asuntos de su competencia originaria o de amparos directos en revisión, o cuando las Salas de la propia Suprema Corte sustenten criterios contradictorios.
El presente extracto aborda la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver contradicciones de tesis. Se establece que la Corte es el órgano facultado para dirimir las discrepancias entre Tribunales Colegiados de Circuito, así como entre sus propias Salas. Se detallan los legitimados para denunciar dichas contradicciones, incluyendo a los tribunales, el Fiscal General de la República, el Ejecutivo Federal y las partes. Finalmente, se presenta un caso específico de un juicio de amparo directo promovido por una persona moral contra una sentencia laboral que la condenó al pago de diversas prestaciones.
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