La inconstitucionalidad de una norma general autoaplicativa no puede ser declarada en revisión adhesiva, pues esta procede cuando el recurrente adhesivo busca que se revoque el fallo recurrido en lo que le perjudica, y no que se revoque en lo que le beneficia.
El tribunal sobresee el juicio de amparo respecto de ciertos actos y niega el amparo contra el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019 y reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. Se modifica la sentencia recurrida, declarando sin materia la revisión adhesiva interpuesta por el Presidente de la República, al no ser la vía adecuada para impugnar la inconstitucionalidad de normas generales autoaplicativas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.