Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito· tema sin holding extraído
En el Juicio de Amparo Indirecto, cuando se reclama la omisión de proveer el escrito inicial de demanda, no procede desechar la misma, porque es evidente que la quejosa no pretende combatir una omisión contra una autoridad jurisdiccional de acordar promociones en el juicio de origen, precisamente porque éste todavía no ha iniciado; máxime cuando se encuentran involucrados derechos de niños.
Expediente
135/2026
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ponente
Isaac Ortiz Nepomuceno
Fecha
13 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
En el Juicio de Amparo Indirecto, cuando se reclama la omisión de proveer el escrito inicial de demanda, no procede desechar la misma, porque es evidente que la quejosa no pretende combatir una omisión contra una autoridad jurisdiccional de acordar promociones en el juicio de origen, precisamente porque éste todavía no ha iniciado; máxime cuando se encuentran involucrados derechos de niños.
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