InvestigaciónDocumento
En línea
758/2026OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí

Los juicios de amparo promovidos contra actos derivados del mismo expediente judicial o administrativo deben turnarse al órgano jurisdiccional que conoció del último juicio de amparo relacionado con dicho expediente.

Expediente
758/2026
Tribunal
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí
Ponente
Diego Galeana Jiménez
Fecha
21 may 2026
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los juicios de amparo promovidos contra actos derivados del mismo expediente judicial o administrativo deben turnarse al órgano jurisdiccional que conoció del último juicio de amparo relacionado con dicho expediente.

Resumen

El presente caso se refiere a la remisión de un juicio de amparo a otro juzgado de distrito debido a la actualización de un criterio general de relación. El juzgado de origen determinó que, al reclamarse actos derivados del mismo expediente familiar (531/2020), y habiendo conocido previamente el Juzgado Octavo de Distrito del amparo 683/2025 relacionado con dicho expediente, este último es el competente para conocer del asunto. La decisión se fundamenta en el artículo 46, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.