InvestigaciónDocumento
En línea
163/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito· tema sin holding extraído

Se niega el amparo solicitado, porque se consideró que son infundados los conceptos de violación. El primero porque contrario a lo que aduce no le reporta beneficio la jurisprudencia del Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, de rubro: "REQUERIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. CONSTITUYE RESOLUCIÓN DEFINITIVA SUSCEPTIBLE DE IMPUGNARSE EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO"; el segundo concepto porque opuesto a lo alegado por la parte agraviada las resoluciones impugnadas cumplen con los requisitos de fundamentación y motivación esto es, sí se observó el principio de tipicidad y, por ende, las determinaciones sancionatorias se encuentran ajustadas a derecho; el tercer concepto de violación expuesto es infundado ya que las sanciones impuestas a la hoy quejosa consistentes en las tres multas mencionadas, se originaron por presentar las declaraciones fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.

Expediente
163/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Enrique Cabañas Rodriguez
Fecha
7 dic 2023
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se niega el amparo solicitado, porque se consideró que son infundados los conceptos de violación. El primero porque contrario a lo que aduce no le reporta beneficio la jurisprudencia del Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, de rubro: "REQUERIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. CONSTITUYE RESOLUCIÓN DEFINITIVA SUSCEPTIBLE DE IMPUGNARSE EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO"; el segundo concepto porque opuesto a lo alegado por la parte agraviada las resoluciones impugnadas cumplen con los requisitos de fundamentación y motivación esto es, sí se observó el principio de tipicidad y, por ende, las determinaciones sancionatorias se encuentran ajustadas a derecho; el tercer concepto de violación expuesto es infundado ya que las sanciones impuestas a la hoy quejosa consistentes en las tres multas mencionadas, se originaron por presentar las declaraciones fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.