La reforma al artículo 132, fracción I, de la Ley General de Víctimas, al suprimir la garantía presupuestaria para la protección del derecho humano a una reparación integral del daño, contraviene el principio de progresividad de los derechos humanos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad del artículo 132, fracción I, de la Ley General de Víctimas, reformado en 2020. Una organización defensora de derechos humanos impugnó la reforma por considerar que viola el principio de progresividad al eliminar la garantía presupuestaria para el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. El caso llegó a la Corte tras la reserva de jurisdicción de un Tribunal Colegiado, quien consideró subsistente el problema de constitucionalidad.
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