Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
SE DECLARA PROCEDENTE Y FUNDADO EL RECURSO.
Es así, porque no existe un motivo manifiesto e indudable para desechar la demanda de amparo. Ante el propio juzgado de distrito se tramitó un juicio de amparo anterior, contra una diversa interlocutoria de costas dictada en el juicio mercantil ejecutivo de origen, de forma que sí tenía conocimiento de cuál era la suerte principal en el juicio, la cual no excede del monto previsto en el artículo 1339 del Código de Comercio y por tanto, contra la interlocutoria reclamada no procede recurso alguno. De ahí que no se actualiza la causa de improcedencia invocada en la determinación recurrida.
Expediente
217/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Ponente
Luis Núñez Sandoval
Fecha
15 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
SE DECLARA PROCEDENTE Y FUNDADO EL RECURSO.
Es así, porque no existe un motivo manifiesto e indudable para desechar la demanda de amparo. Ante el propio juzgado de distrito se tramitó un juicio de amparo anterior, contra una diversa interlocutoria de costas dictada en el juicio mercantil ejecutivo de origen, de forma que sí tenía conocimiento de cuál era la suerte principal en el juicio, la cual no excede del monto previsto en el artículo 1339 del Código de Comercio y por tanto, contra la interlocutoria reclamada no procede recurso alguno. De ahí que no se actualiza la causa de improcedencia invocada en la determinación recurrida.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.