La obligación de presentar los avisos de desincorporación y desconsolidación de cada una de las empresas que conforman un grupo fiscal, cuando la empresa controladora deje de determinar su resultado fiscal consolidado, viola los principios de seguridad jurídica, razonabilidad, proporcionalidad e igualdad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de las disposiciones fiscales relativas a la consolidación fiscal, específicamente los avisos de desincorporación y desconsolidación. Se determinó que la exigencia de presentar estos avisos, cuando la empresa controladora deja de determinar su resultado fiscal consolidado, contraviene los principios de seguridad jurídica, razonabilidad, proporcionalidad e igualdad consagrados en el artículo 16 constitucional.
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