El artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, al establecer la mecánica de compensación de saldos a favor, supera el test de proporcionalidad, no viola los principios de equidad, progresividad ni confianza legítima de los contribuyentes.
El tribunal colegiado negó el amparo al contribuyente al confirmar la sentencia recurrida y sobreseer el juicio. La negativa se fundamenta en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha establecido, a través de diversas jurisprudencias y tesis, que el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, referente a la compensación de saldos a favor, es constitucional. Dicho precepto supera el test de proporcionalidad y no contraviene los principios de equidad, progresividad ni confianza legítima.
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