La infracción impuesta por un agente de la Policía de Tránsito del Estado demuestra exclusivamente su contenido, sin que esta circunstancia justifique la detención de la unidad automotriz del quejoso.
El presente fallo establece que una infracción de tránsito impuesta por un agente de la Policía de Tránsito del Estado, por sí sola, no es suficiente para justificar la detención de un vehículo. La infracción solo acredita la violación a las normas de tránsito, pero no otorga la facultad de detener la unidad automotriz del infractor.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.