El estudio socioeconómico ordenado en el domicilio de una persona es susceptible de transgredir el derecho humano a la inviolabilidad del domicilio, al implicar el acceso a un espacio reservado donde se ejercen libertades íntimas y se constatan interacciones sociales de la dinámica familiar.
El juicio de amparo indirecto procede contra la admisión de una prueba que ordena la realización de un estudio socioeconómico, ya que este tipo de estudios, al incluir visitas domiciliarias, pueden vulnerar el derecho a la inviolabilidad del domicilio y la intimidad personal. La visita domiciliaria permite observar el entorno físico y constatar interacciones sociales, lo cual incide en la esfera más íntima de las personas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.