La ineficacia de un concepto de violación o de un agravio en el recurso de revisión, cuando se alega la transgresión al artículo 14 constitucional, radica en la falta de concreción sobre las formalidades esenciales del procedimiento que se estiman omitidas y la explicación del procedimiento que debió seguirse.
El presente fallo establece que un concepto de violación o un agravio en revisión es infundado si no se concreta la infracción a una norma específica. En particular, al alegar la violación al artículo 14 constitucional por privación de posesiones o derechos sin formalidades esenciales del procedimiento, es insuficiente invocar la norma y la consecuencia, sin detallar el procedimiento omitido y las formalidades no observadas.
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