Los agravios contra la sentencia de amparo deben formularse de manera autónoma y no pueden equipararse a los puntos expuestos en el informe justificado de la autoridad responsable, pues este último tiene como finalidad justificar el acto reclamado y no fundamentar los agravios que la sentencia de amparo pudiera causar.
El presente criterio establece que las autoridades responsables no pueden argumentar que los puntos de su informe justificado constituyan los agravios contra la sentencia de amparo. El informe justificado tiene como propósito defender la legalidad del acto reclamado, mientras que los agravios deben ser argumentos específicos y autónomos que combatan las consideraciones de la sentencia de amparo. Por lo tanto, equiparar ambos es incorrecto y no cumple con la finalidad de los agravios.
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