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34/2020TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito

El sobreseimiento decretado en el juicio de garantías debe quedar intocado cuando los actos reclamados son confirmados en la materia del recurso de competencia delegada, y la revisión adhesiva deviene sin materia o infundada.

Expediente
34/2020
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Clementina Flores Suárez
Fecha
14 ene 2021
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento decretado en el juicio de garantías debe quedar intocado cuando los actos reclamados son confirmados en la materia del recurso de competencia delegada, y la revisión adhesiva deviene sin materia o infundada.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito determinó que el sobreseimiento decretado en el juicio de garantías debe mantenerse intocado. En la materia del recurso de competencia delegada, se confirmó la sentencia recurrida. La revisión adhesiva interpuesta por la Jefa del Servicio de Administración Tributaria quedó sin materia, y el recurso de revisión adhesiva del Presidente de la República fue declarado infundado, negando el amparo solicitado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.