Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA.
AGRAVIOS INOPERANTES.
Son inoperantes los agravios, los que son analizados en conjunto y bajo el principio de estricto derecho, al no ubicarse en alguno de los supuestos del artículo 79 de la Ley de Amparo; lo anterior, pues con ellos la recurrente no ataca las consideraciones torales que expresó el juez al resolver en los términos que lo hizo, de modo que, ante su ineficacia, lo procedente es declarar infundado este recurso de queja y confirmar el auto recurrido.
Expediente
69/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
David Huerta Mora
Fecha
21 feb 2025
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA.
AGRAVIOS INOPERANTES.
Son inoperantes los agravios, los que son analizados en conjunto y bajo el principio de estricto derecho, al no ubicarse en alguno de los supuestos del artículo 79 de la Ley de Amparo; lo anterior, pues con ellos la recurrente no ataca las consideraciones torales que expresó el juez al resolver en los términos que lo hizo, de modo que, ante su ineficacia, lo procedente es declarar infundado este recurso de queja y confirmar el auto recurrido.
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