La conducta de gestos, palabras o frases obscenas, lascivas, indecorosas, altisonantes o denigrantes, así como las faltas de respeto, insultos o agravios verbales a cualquier miembro de la sociedad, constituye una infracción a la ley.
El presente caso aborda la interpretación de las faltas administrativas relacionadas con la conducta de los individuos en la sociedad. Se analiza la naturaleza de los gestos, palabras o frases obscenas, lascivas, indecorosas, altisonantes o denigrantes, así como las faltas de respeto, insultos o agravios verbales dirigidos a cualquier miembro de la sociedad. La resolución establece que tales actos contravienen el orden y la convivencia social, configurando una infracción a la ley.
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