El juicio de amparo indirecto es improcedente contra actos intraprocesales que no producen una afectación material de imposible reparación a derechos sustantivos.
El Juzgado de Distrito desechó la demanda de amparo promovida contra la restricción temporal del Certificado de Sello Digital, al considerar que dicho acto es de naturaleza intraprocesal y no produce una afectación material de imposible reparación a derechos sustantivos. Se argumentó que la restricción es temporal y el contribuyente tiene la posibilidad de subsanar la irregularidad, por lo que no se actualiza una excepción al principio de definitividad para la procedencia del amparo indirecto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.