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16/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito· tema sin holding extraído

SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. TEMA Si el impuesto al valor agregado para ser acreditable, necesariamente, debe acreditarse en efectivo o través de cualquier forma de extinción de las obligaciones, en el caso, por medio de compensación, Agravios fundados, la Sala regional interpretó indebidamente los artículos 1-B y %, primer párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que con la compensación no se demuestra el pago del impuesto al valor agregado, aplicación de la jurisprudencia 2a./J. 19/2023 (11a.), de rubro: "IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA COMPENSACIÓN CIVIL NO ES UN MEDIO PARA SU PAGO NI PUEDE DAR LUGAR A UNA SOLICITUD DE SALDO A FAVOR O ACREDITAMIENTO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN LOS EJERCICIOS FISCALES 2019 Y 2020)."

Expediente
16/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Naela Márquez Hernández
Fecha
16 nov 2023
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. TEMA Si el impuesto al valor agregado para ser acreditable, necesariamente, debe acreditarse en efectivo o través de cualquier forma de extinción de las obligaciones, en el caso, por medio de compensación, Agravios fundados, la Sala regional interpretó indebidamente los artículos 1-B y %, primer párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que con la compensación no se demuestra el pago del impuesto al valor agregado, aplicación de la jurisprudencia 2a./J. 19/2023 (11a.), de rubro: "IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA COMPENSACIÓN CIVIL NO ES UN MEDIO PARA SU PAGO NI PUEDE DAR LUGAR A UNA SOLICITUD DE SALDO A FAVOR O ACREDITAMIENTO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN LOS EJERCICIOS FISCALES 2019 Y 2020)."

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