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2/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito

La reposición del procedimiento de ejecución de sentencia, ante la declaratoria de inejecución, no implica la necesidad de requerir al superior jerárquico de la autoridad omisa, sino la devolución de los autos al juez de distrito para que este continúe con el trámite respectivo.

Expediente
2/2026
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Rogelio Cepeda Treviño
Fecha
8 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La reposición del procedimiento de ejecución de sentencia, ante la declaratoria de inejecución, no implica la necesidad de requerir al superior jerárquico de la autoridad omisa, sino la devolución de los autos al juez de distrito para que este continúe con el trámite respectivo.

Resumen

Se declara fundado un incidente de inejecución de sentencia derivado del incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad. En consecuencia, se ordena reponer el procedimiento de ejecución y devolver los autos al juez de distrito para que continúe con el trámite. Se determina que no es necesario requerir al superior inmediato de la autoridad denunciada en esta etapa del proceso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.