El recurso de revisión contra una interlocutoria que decide sobre la suspensión definitiva carece de materia cuando la sentencia definitiva del juicio de amparo relativo ya ha causado ejecutoria.
El tribunal declara sin materia el recurso de revisión interpuesto contra una interlocutoria de suspensión definitiva. Esto se debe a que la sentencia definitiva del juicio de amparo indirecto relacionado ya causó ejecutoria, lo que significa que ya no existe la necesidad de preservar la materia de la suspensión. Por lo tanto, el recurso de revisión ha perdido su objeto.
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