La responsabilidad penal del quejoso se tiene por acreditada cuando se demuestra que cometió el ilícito como autor material del delito de abuso sexual agravado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un caso de apelación en el que se revocó una sentencia absolutoria, declarando penalmente responsable al quejoso por el delito de abuso sexual agravado. Se consideró correcta la calificación de la responsabilidad penal al acreditarse que el quejoso actuó como autor material del ilícito.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.