La validez del oficio que ordena la ampliación de una visita domiciliaria depende de que la autoridad exprese en él las razones que motivan dicha determinación, en cumplimiento al principio de legalidad.
La presente ejecutoria establece que la orden de ampliación de una visita domiciliaria, al ser un acto de autoridad, debe cumplir con el principio de legalidad del artículo 16 constitucional. Para determinar la validez del oficio que contiene dicha orden, es suficiente que la autoridad exprese claramente las razones que justifican la ampliación. Si estas consideraciones se encuentran dentro del propio oficio, se considera que el acto administrativo es válido.
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