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3/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Las disposiciones relativas al cumplimiento y ejecución de sentencias de amparo, previstas en la Ley de Amparo publicada el 2 de abril de 2013, son aplicables a los juicios iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que la sentencia respectiva cause estado con posterioridad a dicha fecha.

Expediente
3/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
30 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las disposiciones relativas al cumplimiento y ejecución de sentencias de amparo, previstas en la Ley de Amparo publicada el 2 de abril de 2013, son aplicables a los juicios iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que la sentencia respectiva cause estado con posterioridad a dicha fecha.

Resumen

El presente criterio aborda la aplicabilidad de la Ley de Amparo de 2013 a juicios iniciados previamente. Se establece que, a pesar de que los juicios iniciados antes de la vigencia de la ley debían tramitarse conforme a las disposiciones anteriores, existen excepciones. Una de ellas es que las normas sobre cumplimiento y ejecución de sentencias de amparo de la nueva ley se aplican si la sentencia adquiere firmeza después de la entrada en vigor de la ley de 2013.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.