La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de las contradicciones de tesis entre tribunales colegiados de circuito, cuando estas se presenten en asuntos de su competencia originaria o cuando la ley así lo disponga expresamente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza su competencia para conocer de contradicciones de tesis. Se establece que la Corte es competente cuando los tribunales colegiados de circuito de la misma región sustentan criterios contradictorios, especialmente en materia penal y procesal penal, o cuando la ley así lo faculta. Se detallan los legitimados para denunciar dichas contradicciones, incluyendo al Fiscal General de la República, los propios tribunales, los jueces de distrito y las partes.
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