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3626/25-EAR-01-1OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación

La notificación por rotulón en materia ambiental es una medida excepcional que solo procede cuando la persona a notificar no puede ser ubicada o no señaló domicilio, y no como un medio complementario o subsidiario ante la imposibilidad de emplear mecanismos más eficaces.

Expediente
3626/25-EAR-01-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
3 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación por rotulón en materia ambiental es una medida excepcional que solo procede cuando la persona a notificar no puede ser ubicada o no señaló domicilio, y no como un medio complementario o subsidiario ante la imposibilidad de emplear mecanismos más eficaces.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en cumplimiento a una ejecutoria de amparo, analiza la legalidad de una notificación por rotulón. Determina que dicha forma de notificación, prevista en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, es de carácter excepcional y solo procede cuando no es posible localizar al interesado o este no señaló domicilio. Al no actualizarse estas condiciones en el caso concreto, la notificación fue ilegal, lo que afectó el derecho de defensa de la parte actora y, por ende, la validez del procedimiento administrativo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.