La invalidez de normas que establecen impedimentos para ser votado por condena penal, sin que esta sea firme, vulnera la presunción de inocencia y el derecho a ser votado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos contra un decreto que modificaba la Ley Electoral de Tamaulipas. Se cuestionó la constitucionalidad de diversas disposiciones, incluyendo aquellas que impedían ser votado por condena por violencia política de género. La Corte determinó que establecer como impedimento una condena penal sin que esta sea firme, contraviene la presunción de inocencia y el derecho a ser votado, ya que dichos derechos solo pueden restringirse tras una sentencia ejecutoriada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.