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450/2017TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo· tema sin holding extraído

NIEGA. Devolución impuesto ISABI. Inoperantes los conceptos de violación por que no controvierten por completo las consideraciones que apoyen el fallo reclamado, en particular el hecho de que la rescisión del contrato traslativo de dominio no tiene por efecto la eliminación del hecho generador en el momento de la causación del tributo. Inoperante los argumentos basados en la premisa falsa de que la impetrante no alegó la figura de pago de lo indebido.

Expediente
450/2017
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo
Ponente
Selina Haidé Avante Juárez
Fecha
7 dic 2017
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

NIEGA. Devolución impuesto ISABI. Inoperantes los conceptos de violación por que no controvierten por completo las consideraciones que apoyen el fallo reclamado, en particular el hecho de que la rescisión del contrato traslativo de dominio no tiene por efecto la eliminación del hecho generador en el momento de la causación del tributo. Inoperante los argumentos basados en la premisa falsa de que la impetrante no alegó la figura de pago de lo indebido.

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