Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito· tema sin holding extraído
TEMA: En el juicio de amparo de origen básicamente se reclama el incumplimiento del consenso y/o convenio que aseveran que tienen con su empleador, para que no se les retenga y en su caso se absorba el impuesto sobre la renta (ISR), respecto de sus prestaciones laborales accesorias como lo son la prima de antigüedad, bono de verano, despensa familiar, material didáctico y prima vacacional, a partir de la segunda quincena del mes de julio de dos mil veinte.
PROPUESTA: Este Tribunal Colegiado no es legalmente competente para conocer del recurso de revisión que ocupa, porque el acto reclamado tiene su origen en el incumplimiento a un consenso laboral y/o sindical, que conlleva a una afectación al salario de los quejosos, con motivo de las retenciones o deducciones por impuesto sobre la renta (ISR) lo cual tiene carácter intrínsecamente laboral, ya que el asunto está inmerso dentro del campo del derecho del trabajo, y no en la materia administrativa.
Expediente
202/2021
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito
Ponente
José Alfredo Gutiérrez Barba
Fecha
25 nov 2022
Materia
administrativa
Sentido
otro
Tema · autorreporte del tribunal
TEMA: En el juicio de amparo de origen básicamente se reclama el incumplimiento del consenso y/o convenio que aseveran que tienen con su empleador, para que no se les retenga y en su caso se absorba el impuesto sobre la renta (ISR), respecto de sus prestaciones laborales accesorias como lo son la prima de antigüedad, bono de verano, despensa familiar, material didáctico y prima vacacional, a partir de la segunda quincena del mes de julio de dos mil veinte.
PROPUESTA: Este Tribunal Colegiado no es legalmente competente para conocer del recurso de revisión que ocupa, porque el acto reclamado tiene su origen en el incumplimiento a un consenso laboral y/o sindical, que conlleva a una afectación al salario de los quejosos, con motivo de las retenciones o deducciones por impuesto sobre la renta (ISR) lo cual tiene carácter intrínsecamente laboral, ya que el asunto está inmerso dentro del campo del derecho del trabajo, y no en la materia administrativa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.