Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco· tema sin holding extraído
Se declaró infundado el reconocimiento de inocencia planteado por el sentenciado, al no haber aportado medios de prueba útiles para demostrar en forma plena que no existió el delito por el que se dictó la condena o que no participó en su comisión, o bien, que hubieran desacreditado formalmente, en sentencia irrevocable, las pruebas en las que se fundó su condena.
Expediente
1/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco
Ponente
Samuel Alberto Villanueva Orozco
Fecha
15 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se declaró infundado el reconocimiento de inocencia planteado por el sentenciado, al no haber aportado medios de prueba útiles para demostrar en forma plena que no existió el delito por el que se dictó la condena o que no participó en su comisión, o bien, que hubieran desacreditado formalmente, en sentencia irrevocable, las pruebas en las que se fundó su condena.
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