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SJF · Ejecutoria

La identificación de los superiores jerárquicos inmediatos de las autoridades responsables, para efectos del requerimiento de cumplimiento de las sentencias de amparo, debe realizarse conforme a la estructura orgánica y las facultades conferidas en la normativa aplicable, y no únicamente con base en la denominación del puesto.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 mar 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La identificación de los superiores jerárquicos inmediatos de las autoridades responsables, para efectos del requerimiento de cumplimiento de las sentencias de amparo, debe realizarse conforme a la estructura orgánica y las facultades conferidas en la normativa aplicable, y no únicamente con base en la denominación del puesto.

Resumen

La contradicción de tesis se centró en determinar quiénes son los superiores jerárquicos inmediatos de las autoridades fiscales responsables para efectos del cumplimiento de sentencias de amparo. El Primer Tribunal Colegiado consideró que el Director General de Recaudación y el Subsecretario de Ingresos del Estado de Guerrero eran los superiores inmediatos del Administrador Fiscal, y que el Juez de Distrito omitió requerir al Subsecretario. Por su parte, el Segundo Tribunal Colegiado estimó que el Secretario de Finanzas y Administración del Estado era el superior jerárquico y que el procedimiento de ejecución se había seguido correctamente. El Pleno de Circuito resolvió que la identificación de los superiores jerárquicos debe basarse en la estructura orgánica y las facultades legales, no solo en el nombre del puesto, y que en el caso concreto, el Juez de Distrito debió requerir tanto al Director General de Recaudación como al Subsecretario de Ingresos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.