La compensación de costas en juicios federales, conforme al artículo 7o. del Código Federal de Procedimientos Civiles, debe ponderar la significancia de lo obtenido por cada parte para evitar condenas injustas cuando una de ellas prácticamente obtiene todo lo que pidió.
El presente criterio establece que la compensación de costas en juicios federales, fundamentada en el artículo 7o. del Código Federal de Procedimientos Civiles, no es automática. El juzgador debe evaluar si lo obtenido por una de las partes es de escasa significación en comparación con lo de la otra, para determinar si procede la compensación o si debe condenarse al pago total de costas a quien obtuvo la mayor parte de sus pretensiones. El objetivo es lograr una justicia distributiva de las responsabilidades de los gastos procesales.
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