La falta de firma de la persona trabajadora en los recibos de nómina con sello digital y cadena de caracteres generada por el Servicio de Administración Tributaria no les resta eficacia demostrativa para acreditar el monto y pago del salario, siempre que se verifiquen en el portal del SAT y sean validados conforme a la Ley Federal del Trabajo.
La contradicción de criterios analizó si la firma del trabajador es necesaria para que los recibos de nómina con sello digital y cadena de caracteres del SAT tengan valor probatorio. El Pleno Regional determinó que, tras la reforma de 2019 a la Ley Federal del Trabajo, la validación de estos comprobantes en el portal del SAT es suficiente para otorgarles valor probatorio, sin necesidad de la firma del trabajador o de constancia de entrega, salvo prueba en contrario. Esto unifica el criterio al establecer que la verificación electrónica sustituye los requisitos formales de los recibos impresos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.