La notificación de un emplazamiento en materia administrativa debe cumplir con los requisitos legales para garantizar el derecho de audiencia del gobernado, pues de lo contrario, la resolución que de él emane será nula.
La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución que impuso multas a un particular. El tribunal determinó que la notificación del emplazamiento al procedimiento administrativo no cumplió con los requisitos legales, específicamente en cuanto a la identificación del tercero con quien se entendió la diligencia y la certeza de que este informaría al interesado. Esta irregularidad vulneró el derecho de audiencia y el debido proceso del actor, lo que llevó a la declaratoria de nulidad para efectos de que la autoridad reponga el procedimiento.
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