La prescripción de la acción de la entidad pública para cesar a sus trabajadores opera a partir de la conclusión de la investigación administrativa, no de su inicio.
El trabajador demandó la nulidad de su cese, argumentando que la acción de la autoridad para cesarlo había prescrito. La prescripción, según el actor, debía computarse desde el inicio de la investigación administrativa. El tribunal determinó que, conforme a la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz, el plazo de prescripción debe computarse a partir de la conclusión de dicha investigación, ya que es hasta ese momento que la autoridad tiene conocimiento completo de los hechos y puede ejercer su acción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.