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SJF · Tesis

El artículo 68 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1961, establecía un procedimiento para el cálculo del impuesto cuando el contribuyente carecía de elementos para determinar sus ingresos gravables, permitiendo el cálculo mediante promedios o la imposición de una multa.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1962
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El artículo 68 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1961, establecía un procedimiento para el cálculo del impuesto cuando el contribuyente carecía de elementos para determinar sus ingresos gravables, permitiendo el cálculo mediante promedios o la imposición de una multa.

Resumen

La presente revisión fiscal analiza el artículo 68 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, en su versión anterior a la reforma de 1961. Dicha disposición facultaba a las autoridades fiscales a calcular el impuesto sobre ingresos gravables mediante promedios de ingresos declarados previamente, o en su defecto, imponer una multa, cuando el contribuyente no proporcionara los elementos necesarios para la determinación de sus ingresos. El propósito del legislador era asegurar la recaudación fiscal incluso ante la falta de documentación o colaboración del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.