El derecho de compensación a propietarios afectados por la dotación de ejidos, creado por acuerdo presidencial, debe ser respetado y concedido a quienes acrediten su calidad de afectados.
Se establece que si un acuerdo presidencial ha creado un derecho de compensación para propietarios afectados por la dotación de ejidos, y una persona demuestra ser uno de esos propietarios, la negativa de dicha compensación por parte del presidente de la República constituye una violación de garantías. El fallo subraya la importancia de cumplir con los acuerdos presidenciales que establecen derechos de esta naturaleza.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.