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465/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

Las disposiciones transitorias de la Ley Minera que imponen nuevas obligaciones y restringen derechos adquiridos con anterioridad a su entrada en vigor, contravienen el principio de irretroactividad de la ley.

Expediente
465/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
4 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

Las disposiciones transitorias de la Ley Minera que imponen nuevas obligaciones y restringen derechos adquiridos con anterioridad a su entrada en vigor, contravienen el principio de irretroactividad de la ley.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones transitorias de la Ley Minera. La quejosa argumentó que estas disposiciones violaban el principio de irretroactividad de la ley al imponerle nuevas obligaciones, como la realización de planes de cierre y postcierre de minas, y consultas a comunidades indígenas, además de restringir derechos adquiridos previamente. La Corte determinó que dichas disposiciones sí contravienen el principio de irretroactividad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.