La notificación por estrados de actos administrativos es ilegal cuando el acta circunstanciada que la sustenta no detalla pormenorizadamente las gestiones realizadas por el notificador para cerciorarse de la imposibilidad de realizar la notificación personal, contraviniendo así los requisitos de fundamentación y motivación exigidos por el artículo 16 constitucional.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que la notificación por estrados de créditos fiscales fue ilegal. La autoridad argumentó que el contribuyente no era localizable, pero el acta circunstanciada no detalló las diligencias para verificar dicha ausencia. El TFJA consideró que la falta de detalle en el acta, como la identificación de terceros o las razones de la ausencia, violenta la garantía de defensa del contribuyente, haciendo ilegal la notificación por estrados.
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