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588/2024NiegaTCCNiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito

La reposición del procedimiento es procedente ante la imprecisión normativa en la formulación de imputación, pues la falta de correspondencia entre los hechos, los elementos del tipo penal y la conducta del imputado vulnera los derechos de defensa adecuada y contradicción.

Expediente
588/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito
Ponente
Manuel Bárcena Villanueva
Fecha
16 jun 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La reposición del procedimiento es procedente ante la imprecisión normativa en la formulación de imputación, pues la falta de correspondencia entre los hechos, los elementos del tipo penal y la conducta del imputado vulnera los derechos de defensa adecuada y contradicción.

Resumen

El tribunal colegiado ordenó la reposición del procedimiento al advertir una imprecisión normativa en la formulación de imputación por parte de la Fiscalía. Se determinó que la falta de correspondencia entre los hechos atribuidos, los elementos del tipo penal y la conducta del imputado vulnera los principios de defensa adecuada y contradicción. Por lo tanto, el juez de control deberá realizar una nueva determinación, garantizando la intervención de la defensa y el imputado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.