La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de oficio o a petición fundada de diversas autoridades, cuando por su interés y trascendencia así lo ameriten.
El presente extracto refiere a un auto de vinculación a proceso por delitos contra las instituciones de seguridad pública y contra la salud. Se cita el artículo 371 Quinquies del Código Penal de Veracruz. Adicionalmente, se transcribe el párrafo que faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de amparos en revisión de oficio o a petición de ciertas autoridades, si el asunto reviste interés y trascendencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.