La oportunidad de alegar, como formalidad esencial del procedimiento, debe respetarse incluso cuando se actualiza una causal de sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo, pues su omisión deja en estado de indefensión al particular y trasciende al resultado del fallo.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto a si se debe dar oportunidad de presentar alegatos cuando se actualiza una causal de sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo. Un tribunal consideró que no era necesario, basándose en el artículo 49 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mientras que el otro sostuvo que sí, pues la oportunidad de alegar es una formalidad esencial del procedimiento. La Sala determinó que la oportunidad de alegar debe respetarse en todo caso, ya que su omisión genera indefensión y viola el debido proceso, incluso si el juicio se sobresee.
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