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253/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El juicio de amparo indirecto es procedente en contra de la resolución judicial que desecha de plano o niega la solicitud de beneficios preliberacionales, sin necesidad de agotar el principio de definitividad.

Expediente
253/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
25 feb 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El juicio de amparo indirecto es procedente en contra de la resolución judicial que desecha de plano o niega la solicitud de beneficios preliberacionales, sin necesidad de agotar el principio de definitividad.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite una contradicción de criterios para determinar si procede el juicio de amparo indirecto contra resoluciones que desechan o niegan beneficios preliberacionales, o si es necesario agotar previamente los recursos ordinarios. Un Tribunal Colegiado consideró que se debe agotar el recurso de apelación previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal, mientras que un Pleno de Circuito anterior sostuvo que el amparo indirecto es procedente de forma inmediata. La Corte analizará ambas posturas para unificar la interpretación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.