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SJF · Tesis

La inobservancia del procedimiento previsto en el artículo 58 del Código Fiscal de la Federación, cuando se actualizan las causales de determinación presuntiva del artículo 55 del mismo ordenamiento, genera una nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, al constituir una violación que priva al contribuyente de la oportunidad de corregir su situación fiscal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 oct 1992
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La inobservancia del procedimiento previsto en el artículo 58 del Código Fiscal de la Federación, cuando se actualizan las causales de determinación presuntiva del artículo 55 del mismo ordenamiento, genera una nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, al constituir una violación que priva al contribuyente de la oportunidad de corregir su situación fiscal.

Resumen

El Tribunal Fiscal de la Federación debe declarar la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada si la autoridad demandada, al realizar una visita domiciliaria, no observó el procedimiento establecido en el artículo 58 del Código Fiscal de la Federación, a pesar de que se actualizaron las causales de determinación presuntiva del artículo 55 del mismo código. Esta omisión priva al contribuyente de la oportunidad de corregir su situación fiscal, lo cual constituye una violación que amerita la nulidad total del acto, a diferencia de una nulidad para efectos que implicaría reponer el procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.