La concesión del amparo directo, al acoger una acción reivindicatoria, puede contravenir el principio de progresividad en su vertiente de prohibición de regresividad, si se realiza un entendimiento transversal de los derechos humanos con perspectiva de género, sin considerar las circunstancias específicas del caso y las afectaciones a terceros.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo directo a la quejosa al considerar que la acción reivindicatoria ejercida afectaba el principio de progresividad, en su vertiente de prohibición de regresividad, con una perspectiva de género. La parte recurrente argumentó que dicha concesión privilegiaba excesivamente a la demandada, afectaba a miles de familias vulnerables inscritas en la bolsa de vivienda, y que sus alegatos no fueron tomados en cuenta, dejándola en estado de indefensión.
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